01/09/2024
APRUEBAN NUEVO CUADRANTE DE RESTRICCION DE CIRCULACION DE VEHICULOS MENORES TIPO MOTOTAXIS
Ediles votan por mayoría, luego del dictamen de la Comisión de Transportes.
La Municipalidad Provincial de Chiclayo mediante Acuerdo de Concejo por unanimidad aprobó el nuevo cuadrante que prohibe en forma estricta la circulación de vehículos automotores menores tales como motocar, mototaxi y otros vehículos.
La sesión de concejo ordinaria fue presidida por la Dra Janet Cubas, alcaldesa provincial de Chiclayo y el acuerdo se tomó luego del dictamen realizado por la Comisión de Desarrollo Vial y Transporte del Concejo edil, presidido por la regidora Rocío Idrogo Barboza e integrado por Giovanna Sabarburú Torres de Gonzáles e Iris Bustamante Díaz.
De esta manera, la comuna provincial dispone prohibir en forma estricta la circulación de vehículos automotores menores tales como motocar y mototaxi y otros vehículos ligeros fabricados para el transporte de personas, carga y/o mercancías en la ciudad de Chiclayo.
La disposición edil señala los límites por donde no podrán circular ni ingresar las siguientes calles y avenidas: Av. Chinchaysuyo, Av. Miguel Grau, Prolongación Av. Pacasmayo, Av. Colectora, Prolongación Av. Bolognesi, Calle Tumbes, Av. Elvira García y García, Calle Loreto, Av. Eufemio Lora y Lora, Av. Fernando Belaunde, Av. Augusto B. Leguía, Av. Nicolás de Piérola, Av. Jorge Chávez, Calle Mariscal Nieto, Calle Jorge Basadre (ex Av. Grau) Av. Francisco Bolognesi, Calle General Arenales, Av. Fitzcarrald y Av. Chinchaysuyo.
Se dispone que el incumplimiento de la presente ordenanza dará lugar a la imposición de la infracción regulada en la Ordenanza Municipal Nro. 014-2012-MPCH/A con código G-10 del Reglamento de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados o no motorizados en el Distrito de Chiclayo.
Queda derogada la Ordenanza Municipal Nro. 007-2018-MPCH/A de fecha 27 de abril del 2018 y se dispone, que la Sub Gerencia de Transportes priorice la recuperación de la transitabilidad de las vías por donde se establece el nuevo cuadrante de restricción de vehículos automotores, implementando medidas de fiscalización y control que garanticen el cumplimiento de la presente ordenanza.
Mediante el Dictamen Nº 150-2024-MPCH/CAJCI, emitido por la Comisión de Asuntos Jurídicos y Control Institucional, igualmente recomienda se realice un estudio que determine técnicamente la flota necesaria de vehículos menores del Servicio de Transporte Público en la Provincia de Chiclayo, igualmente, propone dar prioridad a la recuperación de la transitabilidad de las vías por donde se establece el nuevo cuadrante de Restricción de Vehículos Automotores; finalmente, propone se establezcan medidas de fiscalización y control, que garanticen el cumplimiento y respeto de la ordenanza municipal en mención.
De acuerdo al Informe Técnico Nro. 00002-2024-MPCH/GDVT-SGT-S-SRG de fecha 16 de Agosto del 2024, emitido por el Técnico de la Sub Gerencia de Transporte señala que el artículo 15° de la Ordenanza Municipal Nro. 014-2012-MPCH/A indica que se puede empadronar únicamente 4000 unidades vehiculares y/o 100 personas Jurídicas. En consecuencia, la flota vehicular necesaria de vehículos menores para el Distrito de Chiclayo ya se encuentra establecida en el reglamento municipal.
RR.PP MPCH