05/01/2024
PODER JUDICIAL ORDENA AL ESTADO PERUANO DECLARAR EN EMERGENCIA AMBIENTAL A HUANCAVELICA
Fallo determinó que en Huancavelica y en la comunidad de Sacsamarca existe un daño ambiental significativo, debido a que hay presencia de mercurio, arsénico y plomo por encima de los Estándares de Calidad Ambiental
La Corte Superior de Huancavelica determinó que en la ciudad de Huancavelica y en la comunidad de Sacsamarca se evidencia un daño ambiental significativo que está ocasionando un grave impacto en la salud y en la vida de las personas, así como en su entorno ambiental, debido a la presencia de mercurio, arsénico y plomo en suelos, viviendas y también en las escuelas.
El fallo demanda declarar en emergencia ambiental las localidades antes mencionadas y realizar la remediación de ese pasivo minero de origen colonial calificado de alto riesgo; así como implementar medidas ambientales a favor de la población que está expuesta de modo permanente a estos contaminantes.
Las medidas de remediación ambiental deberán ser asumidas, principalmente, por la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio del Ambiente y el Ministerio de Vivienda, además del gobierno regional de Huancavelica y la municipalidad provincial.
Asimismo, la sentencia pide declarar a la ciudad de Huancavelica y a Sacsamarca como sitios contaminados por polimetales, ordena incluirlas en los planes de descontaminación por mercurio en el Plan de Acción Multisectorial para la implementación de Convenio Minamata; e incluirlas en el inventario de los pasivos ambientales mineros.
Parta ello, el Ministerio del Ambiente deberá declarar la emergencia ambiental y, posteriormente, implementar un plan de acción inmediato y de corto plazo, señalando el ámbito territorial, las medidas de seguridad y técnico sanitarias a adoptar.
En el ámbito de salud, se deberá coordinar acciones para la atención médica de los pobladores expuestos por la contaminación ambiental en la zona. El Estado peruano deberá coordinar los cambios necesarios en la zonificación, desplazamiento, planificación e infraestructura en la comunidad afectada que son necesarios para enfrentar la emergencia de salud.
En cuanto al presupuesto, el gobiernos local, regional y central deberán consignar en sus presupuestos partidas para el financiamiento del monitoreo y emergencias ambientales.
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