15/06/2024
ciudadana
Por este medio quiero destacar y dar a conocer los hechos del día de ayer Jueves 13 de Junio de 2024 siendo al rededor de las 8:40 PM, Sergio Meraz 23 años de edad (Mi pareja y yo Yenifer Cruz 18 años de edad, nos dirigíamos al ejido del pueblito ver. cuando en la mera bajada del puente nos sorprende La fuerza Civil llámese así, sin ningún señalamiento o luces de su respectiva patrulla.
Nos enfocan con lámparas en mano que nos detengamos, enseguida nos comenta uno de los elementos que para donde íbamos y de dónde éramos para el cual sin problema alguno se dio respuesta a ello, nos solicita los documentos de la motocicleta en la que abordamos, para ello no traíamos la documentación solicitada, se les dijo que checaran el número de serie de la motocicleta o que si traían un reporte de robo con las características de dicha motocicleta, dicho esto se molestaron y rápidamente nos refieren entre dos elementos que desendieramos de la unidad que sino lo hacíamos nos hiba a ir peor. Dicho eso se les solicito que se Identificarán de acuerdo al 42 LGSNSP para saber quiénes realmente eran ya que no portaban ninguna identificación, solamente andaban uniformados y con porte de arma como si fuesen civiles armados.
Estos elementos se hicieron de las sullas queriendo quitarnos la llave de la moto y al intentar bajarnos ya que nos rodearon entre ellos se aprovecharon para agarrar a mi pareja Sergio Meraz entre dos elementos y lo intentan golpear, y entre el forcejeo el se sostiene de ellos y esquiva los golpes y es cuando se unen dos elementos más dándole un cachazo en la cabeza y el otro un golpe en la cara, para conseguir tirarlo al suelo pero aún así no perdió el sentido. Mientras estos elementos con nombres desconocidos se aprovechaban de el yo Yenifer Cruz trate de ayudar pero me agarran dos de los elementos (mujeres) y golpeándome la parte del abdomen con su arma y no me soltaban, les decimos que los íbamos a denunciar que nos dejarán ir y obtenemos de respuesta de estos elementos diciendo que nadie les hiba a hacer nada fuéramos a dónde fuéramos y nos amenazaron con golpearnos de nuevo tratando de irnos y en eso en lo que nos vieron que nos veníamos como burla aún así nos apuntan con su arma haciendo notar el láser de alcance.
Siendo asi abandonamos el lugar y en unos momentos pasan recio por la casa y se dieron a la fuga.
Ya estuvo bueno que ndms andan haciéndose de las sullas estos elementos que no cargan identificacion, estos son los servidores públicos que tenemos en nuestro pueblo uno ya no sabe de quien cuidarse si el deber de ellos es proteger, ya estuvo bueno que se sigan sirviendo del ciudadano y del pueblo. Ya estamos cansados de que siempre se salgan con la suya y yo sé que no solo somos los únicos que han pasado por eso, hoy les digo que nos juntemos y sacar a eso que se dicen llamar servidores públicos porque están para que el pueblo tenga seguridad y no inseguridad ahorita fuimos nosotros y así van a seguir porfavor hay que apoyarnos como buenos ciudadanos, conozcamos nuestros derechos y lo que la ley establece y a ellos les obliga.
Artículo 42 (LGSNSP)
Todo servidor público tiene la obligación de identificarse salvo los casos previstos en la ley, a fin de que el ciudadano se cerciore de que cuenta con el registro correspondiente
El documento de identificación de los integrantes de las instituciones de Seguridad Pública deberá contener al menos nombre, cargo, fotografía, huella digital y clave de inscripción en el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública, así como, las medidas de seguridad que garanticen su autenticidad.
Art 14 Constitucional.- Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.
Art 16 Constitucional.- Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
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