SOS Mascotas/Asturias

SOS Mascotas/Asturias Gatos ferales, urbanos, callejeros, su vida en nuestras vidas.

SOS Mascotas/Asturias ha nacido desde la situación real que padecemos muchos propietarios de mascotas y amantes de los animales en general, realidad de dificultad económica que nos impide en muchos casos el atender las necesidades básicas propias y las de nuestros compañeros. SOS Mascotas/Asturias es una iniciativa exclusivamente “Altruista y Solidaria” desde el esfuerzo de la persona y cuyo único

objetivo es el bienestar de las mascotas y animales desprotegidos. Una iniciativa solidaria con nosotros mismos, desde el reconocimiento a la importante función social y emocional que en nuestras vidas ejercen estos miembros del núcleo familiar y personal. Seria pretencioso el describir todos los beneficios que aporta esta relación en niños, adultos y mayores: Responsabilidad, juegos, compañía, terapia…..y en la mayoría de los casos, unos lazos afectivos entre ambos: Inquebrantables y Perdurables en el tiempo……..

19/01/2025

Amigos.

Candás/Carreño/Asturias.

Que en ASTURIAS, existen Seudo Protectoras e incluso Zoomafias, que se están "lucrando" ilegalmente con éstos Animales y los denominados Abandonados..........Es una Realidad.
Que muchos de éstos "personajes", están introducidos en los órganos de decisión o lo pretenden, de nuestras Instituciones, es inequívoco.
La permisibilidad o impunidad, de la que gozan éstos "personajes", es simétrica a la "Incompetencia" en la gestión de sus responsabilidades, de nuestros gestores municipales.

Lo que NO logro entender en éstos momentos, es el motivo, de que asociaciones de "criadores", legalmente constituidos. NO demanden administrativamente e incluso judicialmente, a muchas de éstas denominadas "Seudo Protectoras" que se dedican a "Explotar" ilegalmente a éstos animales. Y existen muchas evidencias.
Y una de ellas, son los gatos de colonias/comunitarios...... donde gatas "Controladas", las tienen continuamente "pariendo" de forma artificiosa, al SUSTRAERLES las camadas, para su comercio ilegal, "disfrazado", en la figura de Adopción.

Para nuestros Gestores Municipales:
La Ley 7/2023 establece que la responsabilidad de la gestión de colonias felinas recae en las entidades locales(Ayuntamientos).

Capacidad de carga: es la máxima abundancia o densidad de gatos que un área determinada puede soportar a largo plazo dados los recursos disponibles, teniendo en cuenta que no es necesariamente estática y cambia en función de la disponibilidad de éstos. Cuando una población de gatos alcanza su capacidad de carga, ya no crecerá incluso si su tasa de crecimiento intrínseca es positiva.

Entienden nuestro gestores(Concejales y Técnicos Municipales), el apartado anterior?.........Si NO lo entienden, que se asesoren.
SI, incluso los propios gatos, poseen la capacidad de "Auto Control Poblacional".......

Continuaremos......................

18/01/2025

Amigos

Candás/Carreño/Asturias.

En Asturias existe "Explotación y Maltrato" Animal??'.......SI.
En la actualidad y "Desafortunadamente", éstos Animales comunitarios/callejeros/ferales......están "Totalmente" desprotegidos por la Justicia (Jueces y Fiscales).
Es una tarea difícil, el que los anteriores(Jueces y Fiscales) desempolven la "legislación/leyes" y posible vulneración de las mismas, al estar implicadas Instituciones Municipales y Autonómicas y ser éstos Animales, poco relevantes.

SI, los máximos responsables en la "Explotación Y Maltrato" Animal, se encuentran en los Ayuntamientos y Comunidades Autónomas. Y por ahí, hay que empezar a corregir con INVESTIGACIONES y SANCIONES.......INCLUSO,.......... "PENALES".

ASTURIAS, es "Pionera" en éste sentido:
Ley 13/2002, de 23 de diciembre, de tenencia, protección y derechos de los animales.
Tienen conocimiento de la misma, los Jueces Instructores y Fiscalias??

Vamos con la ley Actual(especifica) sobre éstos Animales:
DIRECTRIZ TÉCNICA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
DERECHOS DE LOS ANIMALES SOBRE GESTIÓN DE POBLACIONES
FELINAS.
La entrada en vigor de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales ha supuesto la implantación en España de un nuevo sistema de gestión de las poblaciones felinas. Este sistema, precedido e inspirado por el desarrollo llevado a cabo en muchos ayuntamientos pioneros debe ir acompañado, entre otras medidas, de un acervo de conocimiento accesible para todas las entidades locales del país.
Así pues, la Directriz Técnica de la Dirección General de Derechos de los Animales nace con la finalidad de facilitar a las entidades locales las bases técnicas sobre la gestión, el conocimiento y la información que precisan para desarrollar sus Programas de Gestión de Colonias Felinas de acuerdo con lo establecido en el artículo 39 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo.

Sres. Jueces Instructores y Fiscales..La "observancia/cumplimiento" de la Ley, también es de aplicación a las Comunidades Autonómicas, Municipales y Protectoras......Y por supuesto, Ustedes.(Fiscales y Jueces)...Y NO solo para los Particulares.

Continuaremos.................................

17/01/2025

Amigos.

Candás/Carreño/Asturias.

La "Mayoria" de incidentes sufridos por éstos Animales....Son INTENCIONADOS y NO imputables a vecinos o personas ocasionales.

El "SEPRONA".....Estoy de acuerdo, de que el SEPRONA, solo puede "Investigar" hasta ciertos limites, y que la "Ampliación" de los mismos......Tienen que ser "Avalados" por Fiscalía o Juez de Instrucción.
Pero NO es menos cierto, que esa "Ampliación", también depende del informe, que en sus atribuciones el SEPRONA en base al conocimiento de unos hechos con indicios y pruebas, pueda remitir a los anteriores en solicitud de ampliación de Investigación.

Que en Asturias, existen muchos INTERESES y NO todos legales subyacentes entorno a éstos Animales...... SI.
Que "Existe" una "Explotación y Maltrato" Animal, NO Imputable a personas particulares......SI.

Si de verdad, se quiere "erradicar" el MALTRATO Y EXPLOTACION Animal, se debe empezar por Ayuntamientos y Seudo Protectoras que NO cumplan con la Legislación.

Aviso a Asociaciones y personas que tienen relación con éstos Animales, de Oviedo, Gijón y Concejos Relevantes.

Estamos seguros, que al igual, que éstos Animales y Nosotros estamos padeciendo las "Incursiones/actos" por parte y relacionados con éstos "personajes" y su entorno. tanto en el Área como en ésta pagina y las suyas.........Para muestra:
"Miluca", Amigos del Perro y Serin(Gijón), "La Eria" (Oviedo) y por supuesto "Carreño.

Nuestros "representantes"(los de todos") Ya están en las Instituciones..........por lo tanto, éstos "Grupetes" que "Solo" se representan asi mismos............NO tienen la potestad de representación de Nadie.

https://www.lavozdeasturias.es/noticia/gijon/2019/04/04/dos-tres-licitadores-gestion-albergue-animales-serin-recurren-adjudicacion/00031554395677676473548.htm?fbclid=IwY2xjawH1fkhleHRuA2FlbQIxMAABHcCqXpQvrQ7BzxU02NiSOBH_qeRYXMZFi3zP39LU-I851G1JxrdVwQqUgw_aem_XNNN7ARHH2eikEHRuljzsw

Imagenes: Éstos Animales Ayer............Huellas de Perros.....hace 2/3 Dias..................
Seguiremos éste tema...............

14/01/2025

Amigos.

Candás/Carreño/Asturias.

Vamos a ver, quienes son los "Personajes" que aparecen en la "foto" con el Concejal Responsable de Bienestar Animal de Gijón.
Una de Ellas, es la autora del "Audio", y préstese atención al alcance de sus manifestaciones y justificaciones/defensa.......de que se MATEN a los Animales.
La Otra......Además, de los Alimentos destinados a los gatos callejeros, observemos el "Maltrato" que reciben, por parte de de éstos grupos: Cuantas Horas o Días, estuvieron esos Animales en los Transportines y en esas condiciones???????Que ha sido de esos y otros Animales????????.

Procedimiento:
b. Coordinación con los veterinarios actuantes: las fechas para la realización de las capturas y su número vendrán determinadas por la disponibilidad que nos ofrezca el veterinario para la realización de las esterilizaciones. Es importante que tengamos en cuenta que a la hora de planificar las capturas deberá priorizarse el bienestar de los animales capturados, por lo que deberán planificarse las capturas de forma que el tiempo entre las mismas y la
realización de las cirugías sea el mínimo posible.

Éste párrafo anterior, es el procedimiento que deben llevar a cabo las Administraciones (Ayuntamientos)......QUE SON, LOS ÚNICOS QUE PUEDEN AUTORIZARLAS.

Advertencia a muchas Asociaciones y Personas que actualmente tienen relación con los Animales Comunitarios.

Éstos Personajes de la FOTO,(Enlace).......Éstan buscando, la TOTAL Gestion de los Albergues Municipales y (Sorpresa) Gestión de los Gatos Comunitarios............ Y están TOMANDO Posiciones.

https://www.elcomercio.es/gijon/gijon-protectoras-animales-albergue-20241217074837-nt.html?fbclid=IwY2xjawHwMi9leHRuA2FlbQIxMAABHfTkpxoaxuLpEwQdiKGY7V8XorTGhuPUhamyfa_VQHSNz3ZH9udWyDGsfg_aem_fyiWXyuDM3rqvI_SYn08uA =fixed-btn&vso=rrss&vmc=wh&vli=gijon&ref=https://www.elcomercio.es/gijon/gijon-protectoras-animales-albergue-20241217074837-nt.html?fbclid=IwY2xjawHsP75leHRuA2FlbQIxMQABHRHJ2xyXZUQdSKt7HQv3o9G_ZQVqCEWoHNORRiBM1pftt0x6Tbr5vm8RxA_aem_1SRbIkX5PUo1wjFIDtQLSg

Continuaremos con éstos Personajes.

12/01/2025

Amigos.

Candás/Carreño/Asturias.

Un ejemplo sucedido Ayer, la Aportación "Desinteresada" por parte de "REMAR". Unos Alimentos que perfectamente podrían tener otro destino y que sin embargo han sido...... "ELLOS", los destinatarios.
Y digo "Desinteresada", porque he sido YO, quien le ha solicitado a la persona, autorización para publicar quien ha sido el Donante.

Ahora vamos con una gran diferencia en comportamientos:
El siguiente comentario, es de uno de los "personajes" de la "Foto" de Gijón:

Joder como comen estos gatos de colonia que hasta el lunes no me llega más y tuve que rellenarles con el pienso para gatos de acogida que me sale caro de narices.

En éste enlace......se encuentra el "Personaje".

https://www.elcomercio.es/gijon/gijon-protectoras-animales-albergue-20241217074837-nt.html?fbclid=IwY2xjawHwMi9leHRuA2FlbQIxMAABHfTkpxoaxuLpEwQdiKGY7V8XorTGhuPUhamyfa_VQHSNz3ZH9udWyDGsfg_aem_fyiWXyuDM3rqvI_SYn08uA =fixed-btn&vso=rrss&vmc=wh&vli=gijon&ref=https://www.elcomercio.es/gijon/gijon-protectoras-animales-albergue-20241217074837-nt.html?fbclid=IwY2xjawHsP75leHRuA2FlbQIxMQABHRHJ2xyXZUQdSKt7HQv3o9G_ZQVqCEWoHNORRiBM1pftt0x6Tbr5vm8RxA_aem_1SRbIkX5PUo1wjFIDtQLSg

Prestemos atención al enlace, 96.000 Euros, Instalación Nueva.....YA SE ESTAN POSICIONANDO.
"Pintueles", esos personajes, solo se representan así mismos.....NO tienen que estar en Ninguna Mesa de Bienestar Animal.

Paga "Ella", esos famosos piensos caros? O ésta "Estafando" a los gatos callejeros y "Personas" que "Donan" con alimentos similares a los de las fotos o económicamente?
Ya observamos el "Trato" que reciben los Animales comunitarios por parte de éstos "personajes".

11/01/2025

Amigos.

Candás/Carreño/Asturias.

Ayer, volvió a "repetirse" un hecho que podría haberse evitado en cierta medida si la Policía Municipal cumpliera con sus OBLIGACIONES en ésta Materia.

Una Propietaria paseando con su perro y cumpliendo con la Normativa Municipal, se vió sorprendida repentinamente, por el ataque de 2/3 perros al suyo. Sufriendo éste y la "Propietaria" al tratar de "protegerlo", lesiones, que "Afortunadamente" NO revisten "Gravedad" para ninguno de ellos, aunque por seguridad, la propietaria del mismo, fué asistida en el "centro de salud", para una valoración del alcance de las lesiones producidas.

Hechos similares, que ya se produjeron con anterioridad, son los que vienen padeciendo éstos Animales y los del Área. Cuando les haces la "observación" de esos actos......Te responden que "Solo" quieren "jugar"(los Perros)...Los gatos salen "Huyendo" o MU***OS.

A la Policía Local.........que empiecen a realizar un MAPEO de los Perros y Titulares de los mismos, el si cumplen con la NORMATIVA VIGENTE...................EN TODOS SUS PUNTOS.

C.V. Perlora...............Tengo el "Compromiso" del SEPRONA.......de realizar las "gestiones" dentro de sus competencias.......Sobre lo que se DENUNCIA relacionado con el trato que reciben éstos Animales en el Concejo de Carreño.

Las condiciones de ABANDONO de éste gato, reflejan claramente lo que viene sucediendo con los mismos, por parte de Seudo Protectoras.

Continuaremos............................

09/01/2025

Amigos.

Candás/Carreño/Asturias.

Que buscan éstas Seudo Protectoras???????? CONTROLAR EL FLUJO ECONÓMICO entorno a éstos Animales.
Quienes aparecen en la fotito?
https://www.elcomercio.es/gijon/gijon-protectoras-animales-albergue-20241217074837-nt.html?fbclid=IwY2xjawHsP75leHRuA2FlbQIxMQABHRHJ2xyXZUQdSKt7HQv3o9G_ZQVqCEWoHNORRiBM1pftt0x6Tbr5vm8RxA_aem_1SRbIkX5PUo1wjFIDtQLSg =fixed-btn&vso=rrss&vmc=wh&vli=gijon&ref=https://www.elcomercio.es/gijon/gijon-protectoras-animales-albergue-20241217074837-nt.html?fbclid=IwY2xjawHsP75leHRuA2FlbQIxMQABHRHJ2xyXZUQdSKt7HQv3o9G_ZQVqCEWoHNORRiBM1pftt0x6Tbr5vm8RxA_aem_1SRbIkX5PUo1wjFIDtQLSg

-Servicio de recogida de animales: Les comentamos que nos preocupan mucho el alto índice de muertes de animales sobre todo de gatos y no se puede tolerar, tampoco nos cuadra el numero actual de gatos que tendría que haber en Serin. Comentamos la preocupación sobre el índice de adopciones que baja cada año habiendo hoy en día más entradas de animales que salidas. También se habló que los pliegos actuales llevan siendo los mismos desde mas o menos el 2011 y son bastantes generalistas. Estos pliegos no cumplen la nueva ley de bienestar animal por lo cual pedimos que se saque la licitación lo antes posible. Nos comentan que están de acuerdo y están recibiendo muchas quejas y van a licitar el servicio de recogida lo antes posible. Confiamos en que Pintueles cumpla su palabra🙏🙏 y podamos caminar todos en el mismo barco por el bien de los animales que se abandonan o se pierden.
Tenemos la esperanza que en Gijón las cosas puedan mejorar y queremos dar un margen de confianza. Para que las cosas vayan bien las protectoras y gobierno tendríamos que ir en la misma dirección y tenemos el caso a 26 km que cuando así se hizo funcionó. Ahora todo no puede quedar en buenas palabras, los animales necesitan hechos.

Aviso a las Asociaciones de Gijón: Unas, voluntariamente y otras quizás forzadas.............
Prestemos Atención a los párrafos Anteriores, emitidos por éstos personajes..........
a.- Como intentan "Desprestigiar" a Amigos del Perro, actuales Gestores del Albergue Municipal de Serin.
b.- Ponen como ejemplo el caso a 26 kms (Oviedo) lo bien que funciona desde que lo Gestiona???''' Exactamente, la de la FOTO.
c.- Los Pliegos de condiciones: Van a ser Igual que los de OVIEDO?
para que SOLO pueda presentarse la MISMA Gestora? La de FOTO....

Continuaremos con éstos personajes........

Curiosamente: Éstos "Personajes".....También Aparecieron en ésta Pagina, además de las de sus grupos. Y "casualmente" también aparecen en "Tiendanimal" y otros eventos de captaciones.
Que pretendian con éste grupo de Animales? SU CONTROL.

Continuaremos con ello también.

Parque Ingles: Policia Municipal.......
6. Está prohibida la estancia de perros y otros animales en las zonas reservadas a juegos al aire libre, infantiles, deportivos, circuitos de gimnasia/fitness saludables, etc., de los parques públicos, con el fin de evitar las deposiciones y micciones dentro de estos espacios.

Lo curioso de lo anterior........Es que además de ser un espacio NO destinado a lo que viene sucediendo.....Hay personajes, que vienen expresamente con sus vehículos.......sueltan al perro o perros, corretean, Mean y cagan(NO lo recogen), despues de 10/15 minutos......perro o perros al coche......Y se largan.
Y mi pregunta es: De donde vienen que necesitan un vehículo para desplazarse?????????'

Continuaremos éste tema. Mientras la Policía Municipal........viendo estas cosas, se van a otro lugar.

08/01/2025

Amigos.

Candás/Carreño/Asturias.

Durante años "Boliche", NUNCA faltó a la cita diaria........

Precisamente, por "Casos" como éste, documentamos "Diariamente" el estado de éstos Animales.

Ésta "Desaparición" al igual que muchas otras...........ES FORZADA.

Coincidiendo con muchas otras.............Se produjo durante la NOCHE

Si alguien ha visto algún detalle a partir de la 20,00 Horas del día 4, que les haya parecido llamativo en la zona que observamos......Nos lo hagan saber.

06/01/2025

Amigos.

Candás/Carreño/Asturias.

Continuamos con "Nuestra" Policía Municipal.
NO solo los "particulares" deben tener conocimiento de la normativa Municipal, Autonómica y Nacional y las responsabilidades derivadas de la tenencia de Animales.
Para la Policía Municipal, dos puntos que suelen claramente obviar. Y sobre todo por su "Importancia" el siguiente:
Artículo 3.—Protección.
Queda prohibido:
a) Maltratar, torturar o someter a los animales a prácticas que les puedan producir daños, mutilaciones, sufrimientos físicos o daños psicológicos. o menoscabe los atributos propios del animal, sin que ello sea considerado necesario por el veterinario.
h) Serán objeto de la aplicación de la Ley relativa al maltrato animal que pudiesen sufrir así como la aplicación de las sanciones que contempla está ordenanza a tal efecto.

Policía Municipal de Candás/Carreño, Formaros e Informaros....Apartado "H". En vuestras competencias/Obligaciones
Éstos Animales denominados callejeros/ferales/comunitarios, amparados por LEY relativo al Maltrato Animal......Y CP (Código Penal).

Policía Municipal.......Otra, de vuestras "Obligaciones" que soléis obviar y que cuando la observáis os marcháis apresuradamente del lugar.
Artículo 14.—Estancia de animales de compañía en lugares públicos.
1. Todos los perros que circulen por las vías públicas, espacios libres públicos o privados de concurrencia pública, irán conducidos por persona capaz e idónea, sujetos con correa, cordón o cadena con collar con una longitud máxima de dos metros, siendo obligatorio el bozal siempre y cuando exista un comportamiento peligroso manifiesto y que en el caso de animales potencialmente peligrosos será de obligado cumplimiento

Parque Ingles, entre otros:
6. Está prohibida la estancia de perros y otros animales en las zonas reservadas a juegos al aire libre, infantiles, deportivos, circuitos de gimnasia/fitness saludables, etc., de los parques públicos, con el fin de evitar las deposiciones y micciones dentro de estos espacios.

Policía Municipal de Candás/Carreño.......Conocéis donde se encuentra el Parque Ingles?

Seguimos Formando e Informando a "Nuestra" Policía Municipal:
3. Tanto el personal facultativo veterinario como cualquier persona, en pleno uso de sus capacidades tienen la "obligación" de poner en conocimiento de la autoridad municipal competente y sus agentes en materia de protección animal, cualquiera de los siguientes hechos:
• Aquellos que puedan constituir incumplimiento a lo establecido en esta ordenanza, en cualquier norma de rango superior reguladora de la tenencia de animales y su protección.
• La existencia de animales solos en vía o espacios públicos o privados de uso público para que puedan ser recogidos, máxime si el animal estuviera herido o enfermo.
• El atropello de un animal, si la persona propietaria no estuviera presente.
• En caso de resultar dicho animal herido o mu**to el conductor o conductora del vehículo, tendrá la obligación de comunicar a la autoridad municipal competente y sus agentes lo sucedido para que se que tomen las medidas oportunas. En ningún caso se abandonará un animal herido.

Artículo 27.—Régimen sancionador.
1. El conocimiento por el Ayuntamiento de Carreño, ya sea de oficio o por denuncia común, de la comisión de cualquier infracción tipificada en la legislación que resulte de aplicación en esta materia, dará lugar a la incoación del correspondiente expediente sancionador.
2. Si la infracción conocida por el Ayuntamiento de Carreño afecta al ámbito de competencias propio de la Comunidad Autónoma o Administración Estatal, se dará traslado al órgano competente de la denuncia a efectos de que ejerza la competencia sancionadora.
3. En los supuestos en que las infracciones pudieran ser constitutivas de delito se dará traslado de los hechos al órgano jurisdiccional competente.

Sabrán "Nuestros" Policias Municipales, interpretar y ejecutar lo anterior???'''''

Continuaremos........................

04/01/2025

Amigos.

Candás/Carreño/Asturias.

Vamos con la Policia Municipal(Municipio/Concejo) de Candás/Carreño.

Sr@s de la Policia Municipal de Candás/Carreño.........Vamos a empezar a FORMARLES..............E INFORMARLES.

Lo siguiente, está en sus OBLIGACIONES DE protegerlos.

Éstos Animales comunitarios........

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Ayuntamiento De: Carreño
Anuncio. Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora de la tenencia, protección y bienestar animal del Ayuntamiento de Carreño. Expte. 6407/2024
Capítulo segundo
Artículo 8.—Gatos ferales.
Los gatos callejeros forman parte de la fauna urbana de las ciudades y están integrados en el medio ambiente en el que desarrollamos nuestra vida cotidiana, pese a ello pasan desapercibidos.
Artículo 9.—Competencia y regulación de la figura del gato feral.
1. Dentro de las competencias del Ayuntamiento de Carreño se establecen normas reguladoras para mantenerlos en buenas condiciones de alimentación e higiénico sanitarias, evitando su maltrato y proliferación, su derecho a una vida digna y saludable en su propio espacio natural al aire libre.
2 Para ello realizará los protocolos oportunos sobre el proceso de actuación para colonias estables a través de las siguientes acciones:
• Reconocimiento de la especificidad de los gatos ferales y de la obligación de protegerlos.
• Reconocimiento del CER (captura, esterilización y retorno) como el único método aceptable para la gestión de la población de gatos sin persona propietaria.
• Establecer protocolos de actuación para casos de colonias felinas en ubicaciones privadas, de forma que se pueda realizar su gestión respetando las mismas especificaciones que en la vía pública.
• Establecer el registro de colonias felinas controladas.
• Identificación de los gatos que pertenecen a las diferentes colonias
• Implementar campañas de formación e información a la población de los programas de gestión ética de colonias felinas del municipio.
Artículo 13.—Derechos.
Son derechos de los gatos ferales los siguientes
a) Los gatos ferales tienen derecho a no ser agredidos
b) Recibir, disponer de agua y alimentos aptos
c) Ser esterilizado y marcado en la oreja para no ser reintervenido.
d) Ser retornado a su colonia tras la esterilización
e) Estar identificado y censado.
f) Vivir libremente en la calle sin ser desalojado de su territorio y grupos originarios.
g) Ser gestionado por entidades de protección animal y ser atendido por cuidadoras/es formadas/
h) Serán objeto de la aplicación de la Ley relativa al maltrato animal que pudiesen sufrir así como la aplicación de las sanciones que contempla está ordenanza a tal efecto.

Artículo 14.—Estancia de animales de compañía en lugares públicos.
1. Todos los perros que circulen por las vías públicas, espacios libres públicos o privados de concurrencia pública, irán conducidos por persona capaz e idónea, sujetos con correa, cordón o cadena con collar con una longitud máxima de dos metros, siendo obligatorio el bozal siempre y cuando exista un comportamiento peligroso manifiesto y que en el caso de animales potencialmente peligrosos será de obligado cumplimiento.
6. Está prohibida la estancia de perros y otros animales en las zonas reservadas a juegos al aire libre, infantiles, deportivos, circuitos de gimnasia/fitness saludables, etc., de los parques públicos, con el fin de evitar las deposiciones y micciones dentro de estos espacios.

03/01/2025

Amigos.

Candás/Carreño/Asturias.

Terminado el año 2024, y lo siguiente, es lo que hemos hecho una familia, por éstos Animales comunitarios.......................
Una mujer, que de su salario, dedica parte del mismo en apoyarlos.
03/10/2024 NOMINA INSTITUTO GERONTOLOGICO *********, S.L.
Importe 1.170,23 €

7186,74 Euros año 2024

24/12/2024 Descripción COMPRA TARJ. 5402######XX5012 C. VETERINARIA 4 CAMINOS-GIJON/XIXON Importe -66,25 €
18/12/2024 Descripción COMPRA TARJ. 5402######XX5012 GOSBI STORE- Importe -353,30 €
04/12/2024 Descripción COMPRA TARJ. 5402######XX5012 C. VETERINARIA 4 CAMINOS-GIJON/XIXON Importe -75,95 €
28/11/2024 Descripción COMPRA TARJ. 5402######XX5012 C. VETERINARIA 4 CAMINOS-GIJON/XIXON Importe -15,90 €
28/11/2024 ADEUDO RECIBO Affinity Petcare SA Importe -176,31 €
26/11/2024 COMPRA TARJ. 5402######XX5012 C. VETERINARIA 4 CAMINOS-GIJON/XIXON Importe -130,89 €
25/11/2024 COMPRA TARJ. 5402######XX5012 GOSBI STORE
Importe -236,90 €
14/11/2024 ADEUDO RECIBO Affinity Petcare SA Importe -216,61 €
29/10/2024 TRANSFERENCIA A GAHERPROGA Importe -159,81 €
24/10/2024 TRANSFERENCIA A GAHERPROGA Importe -159,81 €
24/10/2024 ADEUDO RECIBO Affinity Petcare SA Importe -176,04 €
23/10/2024 COMPRA TARJ. 5402######XX5017 FARMACIA MARIO RICO-CANDAS Importe -16,74 €
23/10/2024 COMPRA TARJ. 5402######XX5012 C. VETERINARIA 4 CAMINOS-GIJON/XIXON Importe -24,43 €
07/10/2024 TRANSFERENCIA A GAHERPROGA Importe -159,81 €

Imágenes....................................."Ellos".

Una Historia: "Tigreña".
Ésta gata, tiene más de 10 años, era una de las "Explotadas" con camadas........para los NEGOCIOS de las Adopciones.
Las primeras imágenes, la normalidad diaria..........Diá 23 de Diciembre 8,30 horas......cuando vemos llegar a la gata negra......En la Tarde, "Tigreña", ya NO aparece......
Días posteriores................Vacio/Ausencia.
Preocupado por que NO era normal.....trataba de localizarla.
Aunque tenia la intuición de donde podría encontrarse, era incapaz de confirmarlo.
El día 30, sucedió algo que llamó mi atención y que me confirmó que "Tigreña", podría encontrarse en ese lugar: Un joven gato, rondaba la zona donde se encontraba "Tigreña" encerrada, de una forma peculiar.
Ese mismo día 30, empezamos a tratar de localizar al propietario de la finca. El 31, confirmamos al escuchar los Maullidos de "Tigreña" en respuesta a nuestro llamamiento, que se encontraba viva.
Hicimos gestiones para tratar de que fuera liberada lo más urgentemente posible, dado los días trascurridos en ese encierro.
El Día 1 de Enero, aún NO había sido liberada a las 14,00 horas.
Solicitamos la intervención de la Policía Municipal........y posteriormente al notar cierto relajamiento..........Solicitamos el apoyo de la Guardia Civil................................Empezó el movimiento para la liberación.....................a las 19,30 horas, recibo la llamada de mi Mujer, de que vió a "Tigreña" Liberada..........Las Imagenes posteriores..........Las últimas del día 2 de Enero. NORMALIDAD.
Visualmente, solo se observa perdida de masa corporal.

Ha sido un buen comienzo de Año.

31/12/2024

Amigos.

Candás/Carreño/Asturias.

Imágenes de : Ayer, semana pasada, principios de mes, años 2022/23.
A éstos Animales, que incluso, sus condiciones de cuidados son dificilmente superados en muchos de los hogares.

Están siendo "Enfermados, Haciendo Desaparecer, Matados de forma INTENCIONADA.

Código Penal articulo 337:
Será castigado con la pena de tres meses y un día a un año de prisión e inhabilitación especial de un año y un día a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales, el que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud.
2. Las p***s previstas en el apartado anterior se impondrán en su mitad superior cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) Se hubieran utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida del animal.

b) Hubiera mediado ensañamiento.

c) Se hubiera causado al animal la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal.
Atención al apartado C: Las famosas Castraciones(hablaremos de ello).
3. Si se hubiera causado la muerte del animal se impondrá una pena de seis a dieciocho meses de prisión e inhabilitación especial de dos a cuatro años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.

Codigo Penal Actual :
«Artículo 340 bis.
1. Será castigado con la pena de prisión de tres a dieciocho meses o multa de seis a doce meses y con la pena de inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales el que fuera de las actividades legalmente reguladas y por cualquier medio o procedimiento, incluyendo los actos de carácter sexual, cause a un animal doméstico, amansado, domesticado o que viva temporal o permanentemente bajo el control humano lesión que requiera tratamiento veterinario para el restablecimiento de su salud.
2. Las p***s previstas en el apartado anterior se impondrán en su mitad superior cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias agravantes:
a) Utilizar armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas que pudieran resultar peligrosas para la vida o salud del animal.
b) Ejecutar el hecho con ensañamiento.
c) Causar al animal la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal.
f) Ejecutar el hecho con ánimo de lucro.
g) Cometer el hecho para coaccionar, intimidar, acosar o producir menoscabo psíquico a quien sea.
Atención a éste aparatado "G": Es lo que esta ocurriendo con los Animales que observamos..............................
3. Cuando, con ocasión de los hechos previstos en el apartado primero de este artículo, se cause la muerte de un animal doméstico, amansado, domesticado o que viva temporal o permanentemente bajo el control humano, se impondrá la pena de prisión de doce a veinticuatro meses, además de la pena de inhabilitación especial de dos a cuatro años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.

Lo anterior, es lo que se debe INVESTIGAR.........quienes son los AUTORES.

30/12/2024

Amigos.

Candás/Carreño/Asturias.

Para entender perfectamente lo que ocurre con los Animales, hay que leer con detenimiento el siguiente enlace:

http://infohuevar.es/.../zoomafia-gran-negocio.../...

Continuamos la publicación anterior...............

La necesidad de abordar una reforma del Código Penal para proteger dicho bien jurídico es una realidad confirmada por la práctica procesal, en la que se siguen observando dificultades y vacíos que es preciso solucionar, reduciendo problemas interpretativos.

A través de la presente reforma, siguiendo los pasos de los legisladores alemán y británico se incluye en nuestro ordenamiento jurídico la expresión «animal vertebrado», que sustituye y amplía la lista tasada de animales protegidos por el actual Código Penal. De este modo, no únicamente los animales domésticos, domesticados, o que convivan con el ser humano verán su integridad física y emocional salvaguardada por la norma penal, sino que a ellos se añaden los animales silvestres que viven en libertad. Sin duda, este cambio enmienda una de las más evidentes carencias del tipo actual, que deja fuera de su ámbito de aplicación conductas de maltrato a animales silvestres que viven libres en su medio natural y que, si no pertenecen a especies protegidas, resultan impunes.

Por otro lado, tanto desde los diversos colectivos de operadores jurídicos como en la sociedad en general, se percibe una cierta impunidad del maltrato animal, con p***s no proporcionadas a la gravedad de los hechos y falta de mecanismos para la salvaguarda efectiva de los animales, tanto en la tramitación como al finalizar el procedimiento judicial. Estos problemas hacen preciso revisar el articulado y los mecanismos de protección de los animales que a tal efecto se disponen en el marco del Código Penal.

Para solucionar esta problemática, se incorporan al delito de maltrato animal nuevas agravantes, que permitirán la imposición de p***s más graves en aquellos casos que merecen mayor reproche, y se contempla, también, la posibilidad de adopción de medidas cautelares por parte de los jueces y tribunales, incluyendo el cambio sobre la titularidad y cuidado animal, con el fin de salvaguardar el bien jurídico protegido en estos delitos, a saber, la vida, la integridad y la salud de los animales.

Comentario: Precisamente es lo que aprovechan en "Beneficio Propio", éstas Bandas Organizadas.
Que los colectivos de Operadores Jurídicos (Jueces, Fiscales y Abogados)...encuentran dificultades en su ejecución. Unas veces por desconocimiento, otras, por desidia, y probablemente en otras ocasiones, por las diferentes interpretaciones que se puedan dar por un mismo hecho.
Precisamente, para evitar la IMPUNIDAD en actos de MALTRATO Animal.........Se deben realizar las pruebas de INVESTIGACIÓN que correspondan para su esclarecimiento.

Hablaremos de las Famosas COLONIAS y de éstas BANDAS.......

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