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EL GOBIERNO NACIONAL YA PRESENTÓ LA REFORMA A LA SALUD AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Tal como estaba previsto el gobierno nacional presentó al Congreso de la República el proyecto de reforma a la salud. La ministra Carolina Corcho, se refirió durante la presentación protocolaria a la necesidad de atender primordialmente a la población más vulnerable del país, sobre esto indicó que se van a adelantar las adecuaciones necesarias en todo el territorio nacional para permitir que inicialmente sean unos 25 mil usuarios los que tengan el derecho a recibir atención primaria a través de un médico que los revise y, sin necesidad de pasar por las EPS, como ocurre con el sistema actual, la finalidad es que los pacientes que llegan con el propósito de ser atendidos de manera rápida no demoren más de 24 horas en ese proceso.

La ministra Corcho, también sostuvo que se le dará un trato digno en la prestación de salud a todos los trabajadores de ese mismo sector, ya que son ellos los que ayudan a que la población en Colombia no se enferme. Añadió que en materia de prevención la reforma contiene la vinculación de las administraciones públicas municipales, departamentales y Nacional, para lograr que todos los municipios de Colombia tengan agua potable para que con ese recurso haya salubridad entre todos los habitantes, manifestó que adelantaran los controles necesarios en el manejo de sustancias como el mercurio en procesos de explotación minera.

El artículo 151 de la reforma a la salud, establece que el Jefe de Estado podría expedir disposiciones de tipo laboral para que los trabajadores de la salud tengan estabilidad en sus trabajos, además de las condiciones dignas. De ser respaldado el Presidente Gustavo Petro, podría dictar las condiciones de reclutamiento y selección de quienes serían los directores de las instituciones estatales hospitalarias.

El mandatario nacional también estaría avalado para hacer modificaciones y complementar las normas en materia de salud pública. Además podrá realizar operaciones presupuestales necesarias para la capitalización de la Nueva EPS.

Estas son las facultades que tendría el Presidente Gustavo Petro, de contar con la autorización del Congreso de la República:

1. Expedir las disposiciones laborales. Expedir las disposiciones laborales para garantizar condiciones de trabajo justas y dignas, con estabilidad y facilidades para incrementar los conocimientos del talento humano en salud, tanto del sector privado como del sector público

2. Dictar las disposiciones laborales de los servidores públicos del sector salud para garantizar el mérito, así como las condiciones de reclutamiento y selección de los directores de las Instituciones Estatales Hospitalarias.

3. Establecer los procedimientos aplicables a las actuaciones administrativas y jurisdiccionales a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud y el régimen sancionatorio que le corresponda aplicar.

4. Modificar y complementar las normas en materia de salud pública.

5. Dictar las disposiciones adicionales que sean reserva de ley y que garanticen un ordenado proceso de transición del Sistema General de Seguridad Social en Salud al Sistema de Salud, conforme a lo ordenado por la presente ley, para garantizar el derecho fundamental a la salud. En el proceso de transición deberán garantizarse los pagos por los servicios prestados en este periodo, a los proveedores de servicios de salud en forma regular; dictarse las disposiciones de inspección, vigilancia y control que sean requeridas para garantizar las condiciones esenciales del servicio público esencial de la salud; y establecer incentivos para que en la transición las Entidades Promotoras de Salud converjan hacia los fines del modelo de atención en salud establecido en la presente Ley.

6. Dictar las disposiciones y realizar las operaciones presupuestales que se requiera para capitalizar a la Nueva EPS en el periodo de transición, así como dictar las disposiciones orgánicas que corresponda para su adecuada operación.

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