09/10/2024
La Contraloría General emitió una alerta sobre obligación de delimitar Área Degradada por Residuos Sólidos (Botadero Chupa Bado); tampoco contaría con el Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos (IGA), lo cual estaría contraviniendo la normatividad vigente y generando contaminación ambiental, poniendo en riesgo la salubridad de la población y del personal que labora dentro del área degradada, lo cual conllevaría a infracciones administrativas y sanciones monetarias hasta 11.600 UIT.
De acuerdo al Informe de Visita de Control N° 032-2024-OCI/2930-SVC, realizada del 28 de agosto al 04 de setiembre del 2024, se han identificado tres (03) situaciones adversas que afectan o podrían afectar la continuidad del proceso, tales como:
1.- La municipalidad distrital de , viene incumpliendo parcialmente con la obligación de delimitar el área degradada a través de cerco perimétrico o señalética y restringir el acceso a personas externas y animales; lo cual podría poner en riesgo la salubridad de la población y contaminación de animales.
2.- Se identificó residuos sólidos segregados dentro del área degradada por Residuos Sólidos (Botadero Chupa Bado), lo cual contraviene la normativa vigente y pondría en riesgo la salubridad del personal que labora dentro del área degradada.
3.- La entidad no cuenta con el de de por ( de - IGA) limitando las acciones para mitigar la contaminación ambiental; lo cual pondría en riesgo la salubridad de la población y la no implementación del IGA.
En decir, la , no implemento la recuperación del área degradada por residuos sólidos en los plazos y formas establecidos de la normativa vigente, el mismo que conllevaría a infracciones administrativas y sanciones por el área competente en materia de gestión integral de residuos sólidos, con una multa de hasta un mil trescientos (1,300 UITs), lo que equivale a la suma de S/ 6´695,000.00 Soles
En el informe, también señala el no realizar la recuperación de las áreas degradadas por residuos sólidos municipales o residuos de la construcción o demolición en los plazos y forma establecidos en la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, su Reglamento y normas complementarias, así como de acuerdo a lo indicado en el instrumento de gestión ambiental que corresponda. Esta conducta conllevaría a infracciones administrativas y sanciones por el área competente en materia de gestión integral de residuos sólidos, es calificada como muy grave y se sancionaría con una multa de hasta once mil seiscientas (11,600 UITs), lo que equivale a la suma de S/ 59´740,000.00 Soles.
La Contraloría advirtió que la entidad estaría generando riesgo de la no implementación del Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos (Chupa Bado), así como la contaminación e impacto ambiental por los residuos sólidos municipales dispuestos y a la salubridad de la población.
: Contraloría General de la Republica