10/09/2020
La EMOV EP emite nuevo salvoconducto a partir del 11 de septiembre
Ante la culminación del Estado de Emergencia por parte del Gobierno Nacional, a partir del 13 de septiembre, la restricción de movilidad estará bajo las directrices de la Municipalidad de Cuenca, con el respectivo salvoconducto emitido por la Empresa Pública Municipal de Movilidad, Tránsito y Transporte, EMOV EP. Este documento estará habilitado a partir del 11 de septiembre en la página web www.emov.gob.ec, mientras el salvoconducto actual emitido por el Ministerio de Gobierno servirá hasta el 30 de septiembre.
Las personas que circulen en vehículos o motos los días que no correspondan al dígito de su placa, y no estén dentro de los sectores estratégicos, deben solicitar un salvoconducto en la página web de la EMOV y llenar los siguientes datos: RUC de la empresa o lugar de trabajo, razón social, nombre del gerente o propietario, actividad comercial, dirección del trabajo, teléfono, placa-marca-modelo y color del vehículo, nombre-cédula y teléfono del conductor, actividad a realizarse y lista de acompañantes.
Además todos deben portar sus cédulas de identidad o carnets institucional, y solo en el caso del conductor agregará la licencia de conducir y matrícula vehicular. Cabe recordar que los conductores de vehículos institucionales y empresas deben llevar la copia del RUC.
Fabián Moscoso, gerente general de la EMOV, indicó que, los salvoconductos serán solo para quienes tengan licencia de conducir vigente o caducada. “En el registro de acompañantes que solicita el salvoconducto, debe ir los nombres de las personas que trabajen en la misma institución, negocio o empresa”.
El salvoconducto llevará la firma y sello de la empresa o institución en la que laboran, por lo que los jefes, gerentes o propietarios de negocios, tienen la obligación de entregar el documento a sus empleados.
Diego Andrade, subjefe de Tránsito de la EMOV, indicó el procedimiento a seguir durante un control. “Sí el conductor hace un mal uso del salvoconducto, el agente le retirará el documento y será registrado para que en caso de reincidencia se proceda a la multa del 50%, del Salario Básico Unificado, retención de vehículo por cinco días, y retiro definitivo del salvoconducto”.
Las personas que NO necesitan salvoconducto, solo deben portar su credencial o documento que valide trabajar en: salud de la red pública y privada; seguridad pública y privada, servicios de emergencias y agencias de control; sectores estratégicos como energía en todas sus formas, telecomunicaciones, recursos naturales no renovables, transporte y refinación de hidrocarburos, biodiversidad y patrimonio genético, espectro radioeléctrico, agua, y demás que determine la ley; servicios de emergencia vial; sector exportador y toda su cadena logística; prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura entre otros; Provisión de alimentos incluido transporte y comercialización; provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios incluidos transporte y comercialización; cuidado de personas en estado de vulnerabilidad; industrias y comercios relacionados al cuidado y crianza de animales; trabajadores de los medios de comunicación y comunicadores institucionales; sector financiero; servicio consular acreditado en el país; profesionales del derecho.
También los servidores de la Función Judicial, Fiscalía y Procuraduría General del Estado, deberán justificar su turno de labores los fines de semana; Mecánicos automotrices que realicen pruebas del vehículo con orden de trabajo que indique la dirección del taller, identificación del vehículo, de su propietario y fecha de la orden; Personas particulares en caso de emergencia debidamente comprobada y para citas médicas que justifiquen con el respectivo turno.
En caso de emergencia podrán contactarse al 911 o al 157 para informar que el traslado a una casa de salud lo harán en su vehículo particular.