09/09/2022
Los trabajadores de moteles y hoteles deben cobrar;
-Salario mínimo mensual 2.550.307 Gs.
-Jornal minimo por día 98.089 Gs.
-Salario mínimo nocturno 3.315.407 Gs
-Por día nocturno 127.515 Gs
📝Art. 148. Son considerados TRABAJADORES domésticos;
c) mucamas;
Art. 154 Las trabajadoras gozan de
b) vacaciones anuales remuneradas como todos los trabajadores,
1 a 5 años 12 días, debes cobrar 1.177.068 Gs antes de ir a vacaciones.
5 a 10 años 18 días
Más de 10 años 30 días
Art. 155 La trabajadora doméstica cuando tiene más de un año de trabajo continuo, y se quiere dar por terminado la relación laboral, deberá darse el preaviso con quince días de anticipación o en su defecto, abonarle el importe correspondiente de 1.471.335 Gs.