20/08/2021
⭕ MULTA Y “MUERTE CIVIL” A QUIENES NO VOTEN EN LAS ELECCIONES...
La Cámara de Senadores aprobó la ley que establece una multa de G. 44.000 a las personas que no voten en las elecciones.
Además, hasta tanto no abonen la multa ante el TSJE, no podrán gestionar el pasaporte ni hacer trámites en varias instituciones públicas.
Tras intenso debate de más de dos horas y por 25 votos a favor, 4 en contra y 16 ausentes, la Cámara de Senadores aprobó ayer modificaciones al Código Electoral para que les sean aplicadas sanciones a los ciudadanos que no cumplan la obligación de votar en las elecciones como lo establece el artículo 118 de la Constitución.
Los proyectistas fueron los senadores Enrique Riera (ANR-cartista) y Abel González (PLRA-llanista).
Se agrega que en tanto dure el incumplimiento del pago de dicha multa, el infractor tendrá suspendidos los trámites ante la Subsecretaría de Estado de Tributación así como la suspensión para que le sea emitido su pasaporte y el documento de antecedentes policiales por el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional.
Otras instituciones donde no podrán hacer trámites son la Dirección General de los Registros Públicos, la Dirección General de Catastro, la Dirección General de Registro del Automotor y trámites ante las municipalidades y gobernaciones.
Asimismo, verán suspendidos los beneficios contemplados en la ley 4087/2011 de Transferencias Monetarias Condicionadas.