05/12/2023
Hasta 15 años de cárcel para quienes bloqueen las carreteras y afecten los aeropuertos
Gobierno promulgó decreto legislativo 1586 que endurece las p***s para movilizaciones con violencia.
El gobierno promulgó este lunes el Decreto Legislativo N° 1586 que endurece las p***s a los manifestantes que bloquean carreteras, obstaculicen los servicios públicos, o tomen infraestructura pública, como puertos y aeropuertos, en el marco de las facultades legislativas dadas por el Congreso.
La norma fue publicada esta tarde en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, y comentada por el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, en la conferencia de prensa que siguió a la sesión del Consejo de Ministros.
En resumen, el decreto en cuestión incrementa hasta 15 años de cárcel la pena para aquellos que bloquean carreteras o afecten infraestructura pública, como puertos y aeropuertos, pero también sanciona la obstrucción de los servicios públicos y a los que colaboren con la realización de disturbios.
“Este decreto legislativo recoge una serie de modificaciones a las p***s por bloqueo de carreteras. Estas p***s se han agravado a 15 años de pena privativa de la libertad (…) aquellas personas que cometen un delito al bloquear las carreteras, esta vez las p***s van a ser no solamente severas, sino efectivas”, señaló el jefe del gabinete.
“Es hora de que respondan por los actos aquellos que pretenden cortar o suspender o afectar los derechos de todos los peruanos”, afirmó.
Si se afectan las vías terrestres, nacionales, departamentales y locales, y fluviales; la infraestructura portuaria; la infraestructura para la generación, transmisión y distribución de energía; las p***s serán de 10 años a 15 años de cárcel, como máximo.
Igual sanción para los que afecten la infraestructura utilizada para la extracción, procesamiento, transporte, almacenamiento y distribución de hidrocarburos líquidos; infraestructura ferroviaria, aeroportuaria, y la destinada para los servicios navegación aérea.
También para los servicios de agua, saneamiento, salud pública, telecomunicaciones, sanidad agropecuaria, registro civil, migratoria, cartográfico, militar, penitenciaria, entre otros.
El premier detalló que se ha modificado el artículo 283 del Código Penal, para sancionar con 10 años de cárcel las acciones tendientes a entorpecer de servicios públicos, agravantes.
Asimismo, para lo que colaboren con el delito de disturbios, ya sean proveyendo bienes muebles o inmuebles, objetos o instrumentos, o aportar recursos económicos o financieros, la pena será de hasta seis años de cárcel.
“Hacemos un llamado a las autoridades competentes, en este caso al Ministerio Público, para que, a partir de esta fecha a través de este nuevo marco penal, puedan aplicar las p***s y abrir las carpetas fiscales correspondientes a quienes se enmarquen en estos delitos”, señaló el titular de la PCM.
Antes de detallar los alcances de este decreto legislativo, el jefe del Gabinete subrayó que el derecho a la protesta en el Perú es constitucional, siempre y cuando no afecten bienes públicos o privados.
En este contexto, se refirió a las protestas generadas anoche en la zona de Barrio Chino, en Ica, y que por algunos momentos motivó la toma de la Panamericana Sur, lo que fue desalojado por la Policía Nacional.
Dijo que en este lugar hay personas radicales que están azuzando a la población a protestas de manera violenta, pero que la Policía estará alerta para impedir la toma de la carretera, y detener a los que generen violencia.