05/09/2022
COMUNICADO.
Habrá módulos temporales de votación y plantillas braille
ONPE aprueba protocolo para atender a las personas con discapacidad y brindar la atención preferente
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó el Protocolo para la atención a las personas con discapacidad y la atención preferente para atender a las personas con discapacidad y brindar la atención preferente a las personas que lo requieran en todas sus instalaciones y en los locales de votación, según la Resolución Jefatural N.° 002999-2022-JN/ONPE.
El documento involucra todas las actividades que se realizan en las instalaciones de su Sede Central (Área de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario), Oficinas Regionales de Coordinación (ORC), Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE), oficinas distritales y de centro poblado, así como locales de votación.
En los locales de votación se brindará atención preferente a las personas con discapacidad, gestantes, personas adultas mayores y las personas que acuden con niños/as. En el caso de la discapacidad física, si se cuenta con una silla de ruedas, se le consultará a dicho ciudadano si requiere asistencia para trasladarlo al módulo temporal de votación o al aula de votación.
El módulo temporal de votación es un ambiente acondicionado para las personas con discapacidad que tengan dificultades para subir escaleras y requieran acceder a una mesa ubicada en un piso superior o personas con discapacidad que necesiten de un ambiente distinto y adecuado; con poco ruido, luz o sin tránsito de personas, a fin de ejercer su derecho al voto.
Si se identifica el ingreso de una persona con alguna discapacidad visual o intelectual, se le consultará si desea recibir una atención. En este caso se indicará la ubicación de la mesa o se le acompañará. Si la mesa de sufragio que le corresponde se encuentra en pisos superiores, puede utilizarse el módulo temporal de votación como alternativa. Si la persona presentara alguna discapacidad auditiva o del habla y solicitará orientación, se le consultará el tipo de comunicación que prefiere utilizar, como el lenguaje escrito, la lectura de labios, entre otros. Se podrán implementar otros tipos de comunicación según la sede y proceso electoral. En caso no se pueda establecer comunicación oral con la persona, utilizar un lapicero y papel, como medio para orientarla.
En las mesas de sufragio
Para el ingreso al aula de votación, se verificará si entre los electores de la fila se encuentra alguna persona con discapacidad o que requiera atención preferente. De haber más de dos personas con estas características, formará una fila aparte, guardando el distanciamiento físico. Se deberá intercalar la atención de electores con y sin discapacidad o atención preferente para su ingreso al aula de votación.
Para la atención de una persona con alguna discapacidad visual o intelectual se debe acompañarla hasta su presentación ante los miembros de mesa y preguntarle si requiere de una plantilla braille para emitir su voto. Considerar que puede ingresar a la cabina de votación acompañada de una persona de confianza para apoyarla en el proceso. La cartilla braille es un instrumento táctil con un sistema de puntos en relieve que representa a las letras y números, diseñado para las personas que tengan discapacidad visual, siendo una herramienta válida y eficaz para leer y escribir.
Lima, 5 de setiembre de 2022