15/08/2024
EL CONSEJO DE ESTADO DESCONOCE A LA AMAZONIA SUJETA DE DERECHOS
Por: Hippólyte Amazona – Columnista de Opinión
El pronunciamiento de esta alta Corte se encuentra alejada a las realidades geográficas, sociales y ambientales de las regiones del país, consideran pronunciarse y darle un tratamiento e interpretación a la constitución y a la Ley igual para todas las regiones en Colombia.
Una vez más vulneran la autonomía de la entidad territorial y esa administración descentralizada que reclaman los departamentos periféricos subordinando los intereses locales a los nacionales, esta tendencia de favorecer los intereses centrales y menospreciar la importancia de la periferia es volvernos a la constitución de 1886, que el constituyente quiso superar con la constitución de 1991 mediante el empoderamiento de las entidades territoriales y la introducción del principio de la autonomía.
El análisis que el Consejo de Estado hizo en la sentencia fue la salida más fácil para salir del caso en medio de la congestión judicial que tienen las altas cortes, sin realizar una interpretación completa o darle un alcance suficiente de los postulados constitucionales de la descentralización y autonomía de las entidades territoriales ubicadas en la Amazonía Colombiana, máxime cuando existe la sentencia de la Corte Suprema de Justicia 4360 del 2018 que declaró a la Amazonía como sujetos de derechos, y le encargó la responsabilidad al Estado como a las ENTIDADES TERRITORIALES (en mayúsculas) que en este caso es el Municipio de Mocoa, la tarea de proteger, conservar, mantenerla y hasta restaurarla cuando fuere el caso. No debemos olvidar que la explotación de cobre y otros minerales se van a hacer en nuestro piedemonte amazónico, en donde incluye la cuenta alta del río Mocoa y sus afluentes.
El Consejo de Estado dice que la argumentación del municipio de Mocoa para prevenir factores de deterioro ambiental, de desastres y conservar el patrimonio ecológico resulta insuficiente, máxime cuando el Estado debe planificar su conservación y desarrollo sostenible, pero sabemos que el Estado a través de sus entidades de orden nacional ha sido deficiente en cumplir con su tarea, de hecho cumplir esos principios de subsidiariedad y coordinación con los municipios, pues ni siquiera están claras las reglas del juego.
En primer lugar, de no haber sido por los dineros donados a raíz de la avenida torrencial, el Municipio no hubiera tenido los suficientes recursos para realizar obras de mitigación o algunas viviendas que hoy se han entregado a familias en atención a la reubicación que se requería previamente a la tragedia. De hecho, el Estado no ha sido eficiente ni siquiera en ese control de esos recursos públicos y los que fueron donados, que hoy reclamamos conocer la suerte de esos dineros y definan quienes son los responsables, apenas en este Gobierno se logró abrir investigaciones fiscales.
Ahora en cuanto a la misión de las entidades de gobierno nacional, que se articulen para combatir las problemáticas que afronta la Amazonía Colombiana, como los 8 núcleos de deforestación, la minería ilegal y los cultivos de uso ilícito, tampoco han logrado solucionarlo, porque es un problema complejo que se sale de orbita de las entidades territoriales, esta atención requiere esfuerzos logísticos, económicos y de articulación de gran importancia.
También el Consejo de Estado aduce que el principio de precaución debe probarse con investigación y conocimiento científico en formulación de políticas ambientales, y que se aplica pero con una adecuada gestión de riesgos, pero no tuvo en cuenta las 300 víctimas de la avenida torrencial, la consultoría entregado en el 2015 que avizoraba los riesgos esta tragedia, los estudios científicos que dicen que los daños en la Amazonía son irreversibles, los mapas públicos el Instituto de servicio geológico colombiano en done advierte que Mocoa tiene riesgos de remoción en masa o deslizamientos por encontrarnos en medio de la cordillera, entre otros. ¿Qué más conocimiento científico? Parece que las altas cortes sólo fallan con observar los códigos, pero no salen de sus oficinas en Bogotá.
Estos magistrados de las altas cortes no conocen Mocoa, no conocen estas montañas, no conocen la Amazonía y nuestras realidades, al parecer le restan importancia al devenir global, por eso argumentan en la sentencia que los argumentos son incoherentes y aislados, que nada tiene que ver la protección del patrimonio ecológico y ambiental del municipio, con la avenida torrencial cuando sabemos que los aguaceros ininterrumpidos como la del 1 de abril de 2017, deforestar las montañas que son susceptibles de deslizamientos, son precisamente para prevenir tragedias y la huella de carbono lo cual hace parte de esa lucha en contra del cambio climático.
Dicen que No hay prueba que permita relacionar la prohibición absoluta de la minería en el municipio, con el principio de precaución en materia ambiental aducido por el concejo municipal en el acto demandado, cuando el mismo Consejo de Estado fue quien decidió prescindir de la audiencia de pruebas al considerar que la acción de nulidad del Acuerdo sólo se trataba de un asunto de puro derecho, aquí es donde incurre en un defecto procedimental, pero lo incoherente es que dice que el acuerdo tenia fundamentación pero se contradice cuando dice que no había pruebas, entonces fue la Alta Corte la que debió solicitar pruebas de oficio para probar si las actividades mineras en nuestras montañas susceptibles de deslizamientos no iban a causar más tragedias de carácter socio ambiental.
Dicen que las entidades territoriales pueden participar en la expedición del titulo minero, pero eso si es realizar conjeturas por parte del Consejo de Estado, porque a nosotros los Mocoanos nunca nos consultaron, ni hicieron audiencias publicas en el Putumayo donde podamos contribuir si estos títulos eran viables social, económica, y ambientalmente.
La Corte Constitucional y el Consejo de Estado, una vez más dejan desprotegidos a los ciudadanos y a la Amazonía de esa arbitrariedad central con esa interpretación prevalente del modelo de estado unitario, y piensan que con los principios de coordinación, concertación y subsidiariedad contenidos en el artículo 288 de la C.Po. se van a solucionar esas tensiones que se tienen las entidades territoriales con los intereses nacionales en materia minera, cuando se ha demostrado en el país que no existe por parte de las entidades ambientales ninguna acción que brinden a los ciudadanos confianza institucional a ciegas.
Esperamos que la CAR y las autoridades nacionales ambientales como en ANLA, y el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible si integren los demás pronunciamientos normativos nacionales e internacionales, jurisprudencia que propende la protección y un desarrollo sostenible en la Amazonía, además son quienes conocen como se encuentra actualmente y con la información de las determinantes ambientales en esta zona, para no llegar a ese punto de no retorno, decidan proteger, porque también es cierto que se ha perdido la confianza institucional.
Recordemos que el núcleo esencial del derecho fundamental a la vida y a g***r de un ambiente sano de los Mocoanos, y para la fauna existente en estas zonas, lo sostiene la conservación de la Amazonía. Nosotros los Mocoanos y Putumayense, los demás líderes sociales y políticos ubicados en los 7 departamentos Amazónicos, proponemos procurar si un desarrollo económico con iniciativas económicas sostenibles, pero NO con la explotación de recursos naturales a gran escala.
Los colectivos, las mujeres, las juntas de acción comunal, los lideres políticos, sociales, ambientales, los jóvenes y profesionales Mocoanos-Putumayenses seguiremos encontrando las estrategias para proteger el piedemonte amazónico y llamar la atención del Estado para lograr un desarrollo sostenible en la Amazonía.