13/03/2015
RadioPatagonia Siempre Contigo
Caso Áridos: Abogado cuestiona fallo y asegura que recurrirán a la Corte Suprema.
“Ministro Luis Sepúlveda, prácticamente de oficio y actuando fuera de las atribuciones del Tribunal Electoral realizó dos dictámenes, perjudicando la posición del alcalde Luperciano Muñoz. Con estos antecedentes el Ministro Sepúlveda debió inhabilitarse y abstenerse de concurrir a esta sentencia”, aseguró el abogado Marcelo Castillo.
•Agregó que “recurso de nulidad no presentaba firma, lo que invalida el escrito. Sin embargo, La Corte de Apelaciones de Coyhaique ni siquiera realizó reparos ante esta irregular situación”.
“Es un fallo extrañó e irregular”. Con estas palabras catalogó el abogado del municipio de Chile Chico, Marcelo Castillo, la resolución expuesta por la Corte de Apelaciones de Coyhaique donde se acogió el recurso de nulidad presentado por el Ministerio Público en contra de la disposición dictada por el Tribunal Oral en lo Penal, que absolvió al alcalde de Chile Chico, Luperciano Muñoz González, imputado por hurto de áridos.
De acuerdo a señalado por Marcelo Castillo “vamos a interponer un recurso de queja contra esta resolución ya que en su dictación se incurrió en una falta o abuso al fallar en contra del texto expreso de la Ley. Esto debido a que las causales de nulidad son muy precisas y si uno revisa la sentencia en la parte considerativa, los motivos por que se acoge este recurso no estaban comprendidos dentro de las causales de nulidad, lo que constituye una falta, por lo que vamos a recurrir ante la Corte Suprema”.
El jurista calificó además como extraña la participación del Ministro Luis Sepúlveda Coronado en la sentencia que acogió el recurso de nulidad presentado por el Ministerio Público “ya que Sepúlveda Coronado participó de algunas resoluciones del Tribunal Electoral de Aysén y lo que a nuestro juicio define al rol del Poder Judicial y de los jueces en general es precisamente ser el tercero imparcial que resuelve las controversias. Sin embargo, hace algunas semanas vimos que el Ministro Luis Sepúlveda, prácticamente de oficio y actuando fuera de las atribuciones del Tribunal Electoral realizó dos dictámenes, perjudicando la posición del alcalde Luperciano Muñoz y además con la concurrencia de un Ministro que se encontraba inhabilitado y que posteriormente cesó en el cargo. Con estos antecedentes el Ministro Sepúlveda debió inhabilitarse y abstenerse de concurrir a esta sentencia. Nosotros pensamos que él tiene motivaciones personales contra el alcalde Luperciano Muñoz y eso lo inhabilita como juez”.
Finalmente Marcelo Castillo aseguró que “es muy extraño que se acojan recursos de nulidad fuera de las causales que están contempladas en la ley y más aún cuando el recurso de nulidad presentado por el Ministerio Publico no estaba firmado. La Corte de Apelaciones ni siquiera realizó reparos ante esta irregular situación y le dio tramitación al recurso sin problema alguno. Esto indudablemente invalida el recurso de nulidad ya que sin firma un escrito carece de validez”, concluyó Marcelo Castillo.