06/07/2024
En el primer punto del famoso " pacto de mayo" el b***o plantea como fundante la inviolabilidad de la propiedad privada, no se puede pedir que lea la constitución pero les comentamos a todos los l"liberpaja" que en el Art. Nº 17 de la Constitución Nacional ya existe l protección a la propiedad privada. O sea no esta refundando nadaaaaaa!! Ellos saben que sus votantes son de medio pelos por eso le venden humooooo!!
Artículo 17o.- La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad publica, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. Solo el Congreso impone las contribuciones que se expresan en el Artículo 4o. Ningún servicio personal es exigible, sino en virtud de ley o de sentencia fundada en ley. Todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el termino que le acuerde la ley. La confiscación de bienes queda borrada para siempre del Código Penal argentino. Ningún cuerpo armado puede hacer requisiciones, ni exigir auxilios de ninguna especie.