11/11/2024
ANÁLISIS PROSPECTIVO DE LA IMPUTABILIDAD DE MENORES
- La edad de imputabilidad refiere a la edad mínima a partir de la cual una persona puede ser considerada penalmente responsable por sus actos.
-En Argentina está reflejada la edad de imputabilidad en los 16 años. Es decir, el menor de esa edad, no puede ser sometido a enjuiciamiento penal, ya que se interpreta que debajo de esa edad el menor no tiene las capacidades volitivas y cognoscitivas suficientes para discernir el impacto de sus acciones, ni de interpretar lo que la Ley le exige: la no vulneración de bienes jurídicos protegidos.
-En otro país como España, la edad de inimputabilidad es de 14 años. A partir de esa edad se podrán exigir responsabilidades conforme a la Ley Orgánica 5/2000 reguladora de Responsabilidad Penal del Menor. Sólo con 18 y a partir de esa edad es plenamente imputable penalmente.
-En el plano internacional, instrumentos como la Convención sobre los Derechos del Niño establecen directrices sobre la protección de menores, sugiriendo que la edad mínima de responsabilidad penal no debe ser demasiado baja.
📝 Tec. Iris Soledad Zucchiatti, Tec. Carolina Noelia Nuñez, Mg. Deolinda Beltzer, Lic. Tomas Fasciolo, Lic. Alvaro Escolano Delgado, Oficial SPB Prefecto Pablo Pagano.
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